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0508 San Francisco de Yojoa

Este municipio se ubica al sur del departamento y es atravesado por el Rio Blanco, se encuentra en las coordenadas siguientes: 15º 00´ 58´´ Latitud Norte  y 87º 58´ 15´´ Longitud Oeste.

Limites

Al Norte, Municipio de San Antonio Cortes, Al Sur, y Este, Municipio de Santa Cruz de Yojoa y Al Oeste, Municipios de Gualala y Santa Bárbara.

Fecha de Creación

Fue creado como municipio el 20 de febrero de 1887.

Decreto de Creación

Datos Históricos: Paulino Fernández, vecino de la ciudad de Santa Bárbara, vivía en la aldea denominada El Guaro, donde llego en 1840 y compro un terreno llamado El jobo Gacho, que más tarde lo vendió y compro otro terreno denominada Ojo de Agua y con sus parientes más cercanos pobló la aldea que también llamaron Ojo de Agua.- Con motivo de también haber llegado por allí el Inspector General Don Francisco López, determinaron de común acuerdo , cambiarle el nombre de dicha aldea por el de San Francisco. Esta aldea dependió de la aldea de Yojoa, pueblo perteneciente al departamento de Santa Bárbara.- En 1880 fue anexada, aquella aldea al municipio de Talpetate (San Antonio de Cortes) y tres años más tarde, fue separada de aquel municipio para anexarla al de Santa Cruz de Yojoa, en 1883 hasta 1887, que por acuerdo expedido por la Gobernación Política  del Departamento de Santa Barbara se erigió en el municipio de San Francisco de Yojoa: Santa Babara, Febrero,  20 de 1887 Señor Alcalde Auxiliar de San Francisco de Yojoa. – Con relación de la justa solución de este laborioso y honrado vecindario, acerca de la cual han emitido sus respectivos informes el Sr. Gobernador del Círculo de Santa Cruz; la honorable Municipalidad de aquel pueblo y aun la de Talpetate; hoy a recaído la resolución siguiente:

“República de Honduras.” Gobernación política del Departamento de Santa Bárbara Santa Barbara, Febrero,  20 de 1887.- Vista la solicitud que precede, presenta en este despacho, por el vecindario de “San Francisco de Yojoa” Jurisdicción del Municipio de Santa Cruz, el 18 de Julio 1884 y reiterada con fecha de 25 de noviembre del año próximo anterior, sobre los que se le eleve aquella población a la categoría de Municipio, fundados en que, a más de tener el número  de lamas exigido por la ley, cuentan con los elementos necesarios para los elementos necesarios, pues tienen su respectivas casa cabildo, de suficiente capacidad para establecer en el las funciones  públicas consegiles, judiciales los cuales están interesados y muy empeñados en edificar cuanto antes, las casa públicas que fuesen necesarias para las escuelas y otros usos igualmente públicos.

Hallándose sobre seguros de poseer acerca de esta solicitud, un verdadero y general patriotismo y el suficiente sentido común para sostener con honra y dignidad la autonomía municipal que pretenden; pues a más de tener 600 almas reunidas, cuyo número es más que suficiente, según sobre lo prescrito sobre este respeto en el artículo 2° de nuestra Carta Constitutiva, en virtud del cual le bastaría el numero de 500 solamente; concurren de dicho vecindario todas las circunstancias precisas a qué  refiere el artículo de la novísima Ley de Municipalidades  y Gobernantes , esto es, no baja de 500 y antes bien, se acerca a seiscientos el número de habitantes residentes en la población, como queda dicho, poseen los suficientes terrenos ejidales y comunales de su localidad, a propósito para la agricultura y crianza d ganados  cuyas industrias profesan y últimamente, se hayan en capacidad de sufragar todos los gastos municipales obligatorios, no solo con los recursos que las leyes autorizan sino hasta que sus propiedades particulares  si necesario fuese. – Vistos los informes que sobre el particular han emitido el Gobernador del Círculo de Santa Cruz de Yojoa y la Honorable Municipalidad de aquel pueblo, los cuales son afirmativos y confirmativos en todas sus partes de los asertos de los peticionarios y aun los recomiendan, encarecidamente, para que los atiendan en su solicitud, aseverando, que las segregación de dicho vecindario en nada altera ni perjudica los intereses legítimos de aquel municipio de Santa Cruz  de Yojoa, extiende en este despacho desde el referido año 1884 y refrendado, certificado y autorizado por la unidad local del propio Santa Cruz, con fecha 23 de noviembre último, cuyo documento demuestra la evidencia el Estado Civil, la suficiencia y estado legales de todos y personales de todas  y cada una de aquellos habitantes y aun el estado prospero de sus recursos pecuarios para soportar debida y cumplidamente los cargos y cargas consegiles y vecinales.

Considerando: Que la primera de dichas solicitudes del expresado vecindario de “San Francisco de Yojoa” fue denegada por entonces, fue sin embargo segregado  del municipio de manera provisional y animada desde aquella fecha del deseo de aliviar y mejorara un tanto como fue posible la condición subalterna de aquella comisaria, a efecto de que sus habitantes con más probabilidad, pudieran prosperar y pudieran mejorar en su modo de ser moral, como intelectual, material y económico  y con cuyo progreso predisponerse para llegar a alcanzar la enunciada categoría municipal a que con justo derecho aspiran.

Considerando: Que la segregación de la consabida comisaria de San Francisco de Yojoa en nada alterna como queda dicho, los intereses de la Municipalidad de Santa Cruz: existe aún desde antes expresado “San Francisco” le fuera anexado un poco más de un año.- Habiendo oído sobre este respeto el muy autorizado y respetable dictamen del honorable Señor General Don Ponciano Leiva, vecino del propio Santa Cruz y actual Ministro der Guerra del Supremo Gobierno de la República, cuyo Señor tiene, precisamente, pleno conocimiento del prenotado vecindario  de San Francisco de Yojoa y de todas buenas circunstancias que a este rodean y favorecen legalmente a su solicitud.

Considerando: Que el vecindario de San Francisco de Yojoa por razones de su fresca temperatura, por la acreditada laboriosidad de sus habitantes en el trabajo de la agricultura, por lo exquisito de sus abundantes aguas potables, que por tiempo ha tenido y conserva con decencia en su población una bonita Iglesia o Templo  Adoración destinado a culto católico  y Cristiano que profesan y que por muchas más circunstancias favorable que sería prolijo enumerar, esta llamado ser un pueblo importante en el departamento.

Considerando: Que el deseo del aludido vecindario, de ser erigido como Municipio data desde años anteriores, según queda relacionado y por consiguiente, es idea bien premeditada.

Considerando: Que accediendo a esta dicha solicitud es más probable que el vecindario peticionario se encamine mejor con sus propios esfuerzos al el progreso y al engrandecimiento que desean y no le es dable conseguir mientras permanecería en la condición de comisaria auxiliar subalterna.

Considerando: Que estando como están llenos los requisitos prescritos por la cita Ley Municipal y Gubernativa es su artículo 2° no debe considerarse como gracia si no como estricta justicia la erección de aquel vecindario en municipio.

Considerando: Que en virtud todo lo relacionado no se necesitan más trámites para el efecto de emitir la Presente resolución, pues de hecho y derecho, por conveniencia publica y para la mejor dirección y administración de los derechos locales, aquella comisaria de San Francisco de Yojoa en los diversos ramos administrativos, aquel connotado vecindario puede y debe ser regido directamente por un cuerpo municipal, bajo los auspicios inmediatos de la Constitución Política vigente y de todas las demás leyes secundarias que reglamenta la institución y funciones de las autoridades locales de los pueblos, bajo la inspección inmediata de la autoridad Gubernativa Departamental

Considerando: Por último que el susodicho vecindario de San Francisco de Yojoa ya está casi provisto de la carta constitutiva, los códigos en general, demás leyes y reglamentos principales y más  indispensables en los archivos para el ejército  de las funciones municipales y judiciales y que sobre todo, es deber de la autoridad gubernativa Departamental, proteger en sus personas y bienes de todos y cada uno de los habitantes del departamento que le esta encomendado por la ley  y el gobierno, e impulsar por cuantos medios estén a su alcances el mejor posible bienestar de los pueblos en general promoviendo y haciendo efectiva en cuanto sea dable su mejoras, adelantos y engrandecimientos.

Por tanto: Esta gobernación  en uso de sus facultades prescrita en este respeto en el artículo 6°,de la prenotada Ley Municipal y Gubernativa con presencia del artículo 82 de la constitución citada y teniendo igualmente a la vista la propia Ley Municipal para su ampliación en todo lo referente en el presente asunto : Acuerda:

 

Articulo 1°. Erigese en Municipio, el vecindario y comarca de San Francisco de Yojoa con todos sus caseríos, hatos y cualquier otra especie de casas de campo ubicadas y circunscrita en su respectivo radio, reconocido y por reconocer, cuyo ayuntamiento se compondrá de un Alcalde, un Regidor y su Sindico; constituyéndose, además, un Juez de Paz propietario y su respectivo suplente para la administración de justicia, todos ellos de conformidad con la constitución y demás leyes  citadas y de la ley de organizaciones y atribuciones de los tribunales.

 

Articulo 2°.En consecuencia y para la aparición del nuevo municipio que queda erigido por el artículo anterior, la Honorable Municipalidad de Santa Cruz, en todo y en parte de sus respectivos miembros, pasara al pueblo de San Francisco de Yojoa, a presidir y a formar juntas popular por los vecinos de aquella localidad la elección del número de vocales que quedan señalados; esto es, la aludida junta de electores presididas por la Municipalidad de Santa Cruz, sufragada por un Alcalde, un Regidor y un Sindico, como queda dicho, lo que se verifica sin la menor falta, el primer domingo de marzo próximo entrante, debiendo ese mismo día hacerse la ratificación de la elección, si se diese de que alguno o todos los ciudadanos electos no saliesen electos no saliesen de hecho o con mayoría absoluta en el primer acto de votación.

 

Articulo 3°: Inmediatamente después de practicada y ratificada la expresada elección, el Señor Gobernador del Circulo de Santa Cruz, se constituiría en persona el consabido pueblo de San Francisco de Yojoa y procederá a posesionarse a instalar la susodicha nueva Municipalidad, previa la promesa constitucional y con todas las demás formalidades de ley.

Artículo 4°. Una vez organizada e instalada la prenotada nueva Municipalidad, procederá esta incontinente, bajo la dirección inmediata del mencionado Señor Gobernador del círculo, a la reglamentación de sus funciones, en los términos generales que prescribe la ley de su institución, sin omitir la in formación en el mismo acto, de las ternas de los ciudadanos que deben proponerse sin demorar a esta Gobernación, una para la designación de los Jueces de Paz, propietario y  suplente, y la otra, para el nombramiento de su respectivo tesorero, cuyos ciudadanos propuestos deben reunir las condiciones para uno u otros cargos que exige la ley,  siendo advertencias que para todos estos cumplimientos debe antes la nueva Municipalidad proveerse de su respectivo Secretario según el artículo 73 de ley Municipal referida, dando cuenta enseguida con el acta de elección y todo lo demás que practiquen en copias integradas y autorizadas por quien corresponda a esta gobernación; esto es la gobernación de Circulo, la Municipalidad de Santa Cruz y la de San Francisco en los respectivos casos.

Artículo 5°. Señalándose por ahora, como limites jurisdiccionales del nuevo municipio erigido, los términos siguientes: por el Norte: La quebrada de Amapa, camino hacia talpetate: por el Sur: Línea recta de Peña Blanca a Joya Grande, quedando en la nueva jurisdicción los vecinos y habitantes de dichos lugares: por el Este: La Quebrada Seca, que atraviesa el camino que de San Francisco para Yojoa y, por el oeste: La Montaña del Rio Blanco Seco hasta la Quebrada Sarrosa, cuyos límites quedan relacionados serán reconocidos y atacados, pues prevalecerá en sentido legal, por mientras de una manera más clara y definitiva los establece la comisión actualmente encargada por el Supremo Gobierno para la formación del mapa geográfico y topográfico del país.

Artículo 6°: Si algunas cuentas sobre fondos municipales o presentación personales tuviese pendientes los vecinos de San Francisco de Yojoa por razón de rezagos en favor del Cabildo de Santa Cruz, la municipalidad de aquel pueblo lo hará presente, oportunamente por medio de un oficio y comprobantes justificados al nuevo Municipio de San Francisco para que este, a su vez y con presencia de dichos documentos, compela a los deudores del pago de lo que adeudaren y dé cuenta con el resultado a la susodicha Municipalidad de Santa Cruz.

El actual Alcalde Auxiliar de San Francisco de Yojoa, tan luego como se instale en su pueblo, la municipalidad hoy erigida, le dará cuentas por todas las órdenes, listas, papeles y cuales quiera otra clase de documento que haya recibido de las autoridades locales de Santa Cruz para los fines consiguientes en virtud del artículo anterior.

Artículo 6°: Aunque el artículo 31 de la Ley Municipal indica, que el cargo de alcalde es condición de presente acuerdo: Que al crear y quedar erigido el municipio de San Francisco de Yojoa, queda suprimida por 2 o 3 años, la enunciada reunión,  tanto por que la nueva municipalidad no sabe ni puede saber sino hasta transcurrido dicho tiempo, con que fondos puede contar, más o menos, de seguro de su sostenimiento, como porque, como en compensación con la gracia y justicia que hoy se le otorga a aquel pueblo, sus vecinos y ciudadanos están en el deber de demostrar a la evidencia su patriotismo y abnegación, puesto que ha tenido tanto desempeño e interés por la efectividad de la presente disposición, con cuya noble diferencia y proceder, dicho vecindario se acredita ante los ojos del Supremo Gobierno y de la sociedad en general, siendo advertencia, que si al terminar cada año uno de dichos 2 o 3 años, los respectivos alcaldes se recomendaren bien por sus compartimientos y los fondos consegiles presentan usa aspecto bonancible, entonces esta Gobernación, a solicitud de parte interesada y previo informe a la municipalidad, podrá acodar un gratificación proporcionada a favor de dichos alcaldes, acreedores al honroso renombre de buenos servidores del pueblo. Comuníquese: a quienes corresponda y regístrese.- Dado en Santa Bárbara, en la fecha arriba expresada y firmada por el actuante Gobernador Político Departamental, por ante el Secretario de Despacho, el Gobernador Nicolás Bogran. Ante mí, el  Secretario del Despacho Mariano Galindo.

Origen de su Nombre: con motivo de haber llegado allí un inspector de alto nivel gubernamental de esa época de nombre Don Francisco López ponerle el nombre de San Francisco.

Significado de su Nombre

  • Significado de su nombre: YOJOA, de lengua lenca “ YOCO – HA” que significa AGUAS MANSAS
  • Con motivo de haber llegado allí el Inspector Don Francisco López, determinaron ponerle el nombre de San Francisco.

Ediles

·         Gaspar Pineda Rios ·         1  Periodo  2010 – 2014
·         Alfredo Cerros  Rivera ·         1  Periodo  2014 – 2018
·         Alfredo Cerros  Rivera ·         1  Periodo  2018 – 2022


Aldeas

  1. San Francisco de Yojoa Cabecera Municipal
  2. Cañaveral
  3. La Virtud
  4. San José De Los Hules
  5. Pedernales
  6. Quebrada De Agua
  7. Río Lindo
  8. San Buenaventura
  9. Tapiquilares

Caseríos

  1. La Balastera
  2. Cañaveral
  3. El Aguaje
  4. El Cerro O El Aguacate
  5. Los Cocos
  6. La Virtud
  7. Babilonia
  8. San José De Los Hules
  9. El Oval
  10. Quebrada De Agua
  11. La Cuesta Del Padre O Los Arado
  12. Rancho Buena Vista
  13. San Juan
  14. Río Lindo
  15. La Química
  16. Río Chiquito
  17. Ojos De Agua
  18. La Diablera
  19. Desvió A San Francisco
  20. Acua Finca
  21. Asentamiento Campo Bajo Grande
  22. Finca El Hogar
  23. La Paz
  24. San Buenaventura
  25. Amapála
  26. Brisas Del Sitio
  27. El Puente
  28. Hacienda El Milagro
  29. Los Planes De Amapá
  30. Villa El Carmen
  31. Maranatha
  32. Rio Seco
  33. Granja Adolfo
  34. Tapiquilares
  35. El Zapote
  36. Campamento El Zapote Cohdefor
  37. La Balastrera

Extensión Territorial (inicial y actual)

La extensión territorial del municipio de  San Francisco de Yojoa es de 98.8 Km2.

Altitud: 280 msnm sobre el nivel del mar Está situado en la pendiente que sirve de base a la altura denomina El Cerrón al Norte del Lago de Yojoa.

El clima en la zona es altamente influenciado por los fenómenos del Norte del Hemisferio y por la Onda del Este. Durante alguna temporada del año existe influencia de la zona intertropical de convergencia. A nivel general la zona del Lago tiene cuatro diferentes provincias climáticas.

El área del Lago de Yojoa es una de las zonas geológicamente más diversas del país. En la parte Norte, hay grandes extensiones de rocas volcánicas de periodo cuaternario (10,000 hasta 2.5 millones de años) que se identifican con el nombre de rocas volcánicas de Yojoa. Una característica muy particular en la zona alta al Norte del Lago es la presencia de roca de baja densidad (espuma volcánica).

Topográficamente existen pendientes variables, mayores de 20% sobre las laderas del cerro al Sur y, sobre el Valle de Amapá hay pendientes suaves de 1 a 3%. Toda la zona forma parte de la cuenca del Río Blanco que es tributario del Río Ulúa.

El relieve del terreno dentro de la cuenca del Lago de Yojoa, presentan ondulaciones suaves, siendo más abruptas en los cerros Los Volcanes y Babilonia ubicados al Norte.

Dentro de la cuenca, el espejo de agua del Lago de Yojoa, constituye el nivel más bajo con 632 msnm (metros sobre el nivel del mar). El Cerro Babilonia es el punto sobresaliente ubicado al Norte del Lago de Yojoa, con 1,093 msnm (metros sobre el nivel del mar).

Ríos

Rio Blanco

Cerros

  • Los Volcanes
  • Babilonia

Existen 802 especies de plantas registradas para la región del lago de Yojoa, pertenecientes a 141 familias. Registra 169 especies de helechos 71 especies de plantas acuáticas 46 especies de orquídeas. El 64% de las especies registradas están en la zona sub montañosa alrededor del lago.

Se manifiesta variación en la composición florística de la zona en función de altitud, geología y tipo de suelo, precipitación mayor diversidad se encuentra en las zonas al sur del valle de Amapá y sobre las laderas del cerro de babilonia hasta el lago de Yojoa.

La diversidad ecológica se refleja en una alta diversidad de biológica, guardando porcentajes significativos de todos los grupos de fauna:

Aves

Las 400 especies de aves reportadas para la región del lago representan el 55% de las aves de Honduras. De estas 66 especies son aves acuáticas que representan el 88% de las aves dulceacuícolas de honduras.

Existe un registro alto de especies de aves en el sector, aunque no se ha realizado un inventario detallado. En los cuerpos de agua fijos sobre el Valle de Amapá se identifican diversas especies de aves acuáticas, también los proyectos piscícola han atraído diversas especies de garzas.

Mamíferos

54 son las especies reportadas en la zona del lago que representan el 23.6% de los mamíferos de honduras.

El ecosistema al sur de la zona presenta condiciones similares a las de la región del Lago de Yojoa, por esto es alta la diversidad en especies de mamíferos.

Reptiles

La zona del lago posee el 43.6% de los reptiles de honduras con 72 especies.

La zona alberga variedad de reptiles también inducida por las condiciones del medio.

Peces:

Están registradas

29 especies de peces.

La zona del valle de Amapá ha sido influenciada por las especies presentes en el lago de Yojoa, debido a la transferencia de agua por los proyectos hidroeléctricos. Además, en la actualidad se observa mayor cantidad de tilapias en el río Blanco provenientes de los proyectos piscícolas del área.

Anfibios

Las 31 especies de anfibios reportadas para la región del lago representan el 42.2 % de los anfibios de. El clima húmedo de la zona es apto para ellos se reportan tres especies endémicas de salamandras.

En la zona de influencia del cultivo de caña se encuentran diferentes ecosistemas que crean alta diversidad biológica, principalmente en el Lago de Yojoa. Sin embargo, toda la región ha sido altamente intervenida por las diversas actividades agropecuarias, contribuyendo a una modificación de las condiciones ambientales y de los diferentes ecosistemas y vida silvestre que la caracterizan. La zona se caracteriza por tener suelos fértiles de origen volcánico, con altos niveles de precipitación, mismo que ha favorecido el desarrollo de grandes explotaciones agropecuarias.

Los suelos de la zona están conformados por suelo Yojoa del tipo Andosoles, con buen drenaje y no más profundo de 50 cm., con pendientes menores de 20% y, ph ácido 5 debido al alto nivel de precipitación que provoca lixiviación de nutrientes en el suelo. Este último factor induce a los agricultores a efectuar aplicaciones anuales de cal dolomítica para incrementar el ph. El suelo que predomina en el sector son en su mayoría suelos franco arcillosos.

Los suelos de la región son muy frágiles y la cobertura vegetal es un factor importante para su conservación y para evitar asolvamiento en el Lago de Yojoa.

El sitio donde se encuentran las fincas de caña está conformado por suelo Urupas, con buen drenaje, no muy profundo, con pendientes menores de 30% y, ph 6 debido al alto nivel de precipitación que provoca lixiviación de nutrientes en el suelo. El suelo que predomina en las fincas del sector son en su mayoría suelos franco arcillosos, también hay franco arenosos.

Los suelos del Valle de Amapa se han formado por depósitos aluviales.

Datos Demográficos

La población total de la zona se estima que es de 89 ,569 hombres  44,003  y mujeres 45,566.

Centros Educativos

Pre Básico: 15

Primaria: 15

Media: 7

El municipio cuenta con un Cesar y un Cesamo.

Agricultura

Presenta condiciones apropiadas para el desarrollo del cultivo de caña, que se ha extendido ocupando áreas antes utilizadas en ganadería y en otros cultivos agrícolas, que se han reducido al mínimo o han desaparecido. La fertilidad del suelo es bastante alta, y los recursos hídricos superficiales son abundantes.

En la zona se han desarrollado grandes explotaciones agropecuarias. El tipo de cultivo ha ido cambiando de plantaciones de bananos a cultivos de caña en los últimos años.

En la actualidad, las empresas dedicadas a la siembra de caña de azúcar extienden sus áreas de cultivo cada año, ocupando terrenos que anteriormente fueron utilizados para ganadería.

  • Platano
  • Naranja
  • Piña
  • Caña de Azúcar
  • Café
  • Granos básicos
  • Guineo

Ganadería

Bovino, Porcino, Equino, Conejos, Patos, Jolotes, Ovino.

Industria

Azucarera Yojoa, S.A. es propietaria del Ingenio Río Lindo, localizado en el municipio de San Francisco de Yojoa, Cortés, a pocos kilómetros de la comunidad de Río Lindo. A la vez Azucarera Yojoa S.A. (AYSA) posee 955 manzanas de cultivo de caña.

La capacidad de molienda del ingenio es de 4,000 toneladas de caña por día. En total se producen unos 560,000 quintales de azúcar por cada ciclo productivo.

Azucarera Yojoa, S.A. (AYSA): la operación del Ingenio Río Lindo y el cultivo y cosecha de caña en sus propias plantaciones. También hay productores independientes a quienes Azucarera Yojoa S.A. (AYSA) les provee asistencia técnica y les compra la caña producida.

Son dos productos los que se obtienen del proceso de la caña de azúcar:

1) Azúcar refinada blanca

2) Azúcar refinada morena

3) Melaza

4) Energía eléctrica

Adicionalmente a la fabricación de azúcar, el ingenio río lindo favorece la operación de un sistema de cogeneración de energía eléctrica con bagazo de caña. Actualmente se producen 8 MW de energía eléctrica durante el periodo de zafra, de la cual, una parte es usada para la operación del equipo del ingenio y el resto es vendida a la ENEE.

Varios habitantes del sector dependen de la pesca artesanal para consumo propio, especialmente en aguas del Río Lindo/Blanco y Lago de Yojoa, de donde se obtienen peces, como la Tilapia proveniente de las instalaciones de las empresas piscícolas del área.

Además, se encuentran empresas dedicadas al cultivo de Tilapia, como Agua Corporación y Proyecto Especial de Tilapia S.A. (PETISA), empresa piscícola con cultivo de tilapia para la exportación y centro de procesamiento de alimentos, esta última perteneciente a Azucarera Yojoa S, A. (AYSA); una empresa de textilera / maquila, Caracol Knits, y varias granjas avícolas para pollo de engorde y aves ponedoras de huevo comercial.

En la zona del Lago de Yojoa se ha desarrollado la actividad turística que incluye hoteles y restaurantes.

Como no todas las personas prefieren el agua del mar, los balnearios son una alternativa para disfrutar del feriado de Semana Santa.

San Francisco de Yojoa es una zona que cuenta con diversidad de balnearios. A diferencia de otros sitios, los balnearios de ese municipio son pozas de agua natural muy fría proveniente de nacimientos que compensan las altas temperaturas. En San Francisco pueden visitar los balnearios Las Gradas, Pulhapanzak, El Nacimiento, Cabo Cañaveral y otros.

Uno de ellos es el Cabo Cañaveral, ubicado en San Francisco de Yojoa, a hora y media de San Pedro Sula. Los turistas reciben ahí atención personalizada.

Este lugar ya cuenta con un pequeño hotel para aquellas personas que deseen quedarse disfrutando de la naturaleza.

El día de mayor movimiento es el domingo, vienen más de cuarenta buses. En este lugar las familias pueden disfrutar de comida a la carta, buffet y otras golosinas.

Si decide continuar el paseo, otro lugar ideal de recreación dentro de la misma zona es Pulhapanzak.

Si se dirige de San Pedro Sula a Pulhapanzak deberá desviarse en San Francisco de Yojoa; en el camino se encontrará con pequeños rótulos que conducen a las cataratas.

Es fácil y accesible trasladarse a las paradisiacas cataratas que se caracterizan por ser uno de los destinos más concurridos del municipio de San Francisco de Yojoa. Se permite el ingreso de alimentación.

Uno de los guías con que cuenta este paraíso natural, manifestó que los extranjeros quedan fascinados al experimentar el recorrido por detrás de las cataratas. Por tan sólo cinco dólares se pueden visitar las cuevas de los antepasados lencas.

El río Blanco recorre la zona. Muchas familias visitan las cataratas para hacer actividades al aire libre, relajarse y olvidarse del ruido de la ciudad. Los encantos son inimaginables.

Innovación por lo alto

Para el fortalecimiento de su atractivo, Pulhapanzak desde hace cuatro meses cuenta con el atrevido deporte Canopy, que pone a los turistas en contacto con la naturaleza.

El tour empieza desde las principales pozas naturales de este sitio, atravesando varios tramos y cruza las cataratas, a una altura de casi cincuenta metros.

Para poder observar las cataratas, los visitantes deben bajar varios metros. Para llegar a las cuevas se debe tomar otro sendero.

Además de las cataratas se podrá caminar el prolongado terreno admirando los montículos.

También cuenta con área de alojamiento, restaurante y más servicios.

Aunque la temporada de verano es la favorita, las cataratas Pulhapanzak durante el año no dejan de ser visitadas, principalmente por extranjeros.

Dentro del amplio recorrido en Pulhapanzak encontrará los montículos. También se han hallado piedras talladas que se guardan como reliquias.

Tradiciones

Feria Patronal: 04 de octubre día de San Francisco.